Perito médico en negligencias médicas

Las reclamaciones por responsabilidad sanitaria se ganan o se pierden en el terreno pericial: el juez no es médico, y necesita que un perito le explique si la asistencia fue conforme a la lex artis y si el daño deriva de una actuación incorrecta o de la evolución natural de la enfermedad.

Nuestro gabinete analiza con independencia la praxis asistencial, tanto de la sanidad pública como de la privada, en toda la provincia de Cádiz. Y se lo decimos desde el principio: si no hubo mala praxis, se lo diremos.

Cómo estudiamos una posible negligencia

  1. Consulta inicial gratuita: nos cuenta lo ocurrido y revisamos la documentación de que disponga.
  2. Obtención y estudio íntegro de la historia clínica: evolutivos, pruebas, consentimientos informados, protocolos aplicables.
  3. Dictamen de viabilidad: le decimos si existe apartamiento de la lex artis y nexo causal con el daño, y con qué solidez.
  4. Si el caso es viable, informe pericial completo y ratificación ante el juzgado o el órgano administrativo correspondiente.

Casos que atendemos con frecuencia

Preguntas frecuentes sobre negligencias médicas

¿Cómo sé si lo que me ocurrió fue una negligencia médica?

No todo mal resultado es negligencia: la medicina es una obligación de medios, no de resultados. Hay negligencia cuando la actuación se apartó de la lex artis —lo que un profesional diligente habría hecho— y ese apartamiento causó el daño. Determinarlo exige estudiar la historia clínica completa; es exactamente nuestro trabajo.

¿Qué plazo tengo para reclamar?

Contra la sanidad pública, un año desde la curación o la determinación de las secuelas (responsabilidad patrimonial). En la privada, los plazos varían según la vía: consulte cuanto antes, porque la obtención de la historia clínica y el estudio pericial también llevan tiempo.

¿Y si su estudio concluye que no hubo mala praxis?

Se lo diremos con claridad y por qué, y ahí terminará el encargo: no emitimos informes que no podamos defender. Ese dictamen honesto también tiene valor — le evita años de litigio con un caso inviable.

¿Cómo consigo mi historia clínica?

Es un derecho reconocido por la Ley 41/2002: el centro debe entregarle copia completa, incluidas pruebas de imagen. Le indicamos cómo solicitarla correctamente; una historia incompleta es el primer obstáculo de estos procedimientos.

¿Cree que ha sufrido una negligencia médica?

Cuéntenos el caso. Le diremos con rigor e independencia si hay base para reclamar, antes de que inicie un procedimiento largo y costoso.

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Estudiamos casos de toda la provincia

Actuamos ante todos los partidos judiciales de la provincia de Cádiz y nos desplazamos para reconocimientos y ratificaciones en sala.